30 Abr Cambios en las bonificaciones del personal Investigador
En un mundo donde la innovación y el avance tecnológico son motores fundamentales del progreso, el papel del personal dedicado a la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica (I+D+i) es de vital importancia. Sin embargo, durante mucho tiempo, el reconocimiento y la compensación adecuada de este personal han sido temas de debate. Ahora, con los recientes cambios legislativos en las bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social, se está abriendo un nuevo capítulo en la forma en que se valora y recompensa el trabajo de los investigadores.
1. El contexto Inicial: Regulación y Evolución
Inicialmente, el Real Decreto 278/2007 estableció el régimen normativo de las bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para el personal investigador. Sin embargo, esta norma fue derogada por el RD-ley 20/2012, dando paso a una nueva regulación a través del Real Decreto 475/2014, que entró en vigor el 13 de junio de 2014.
Bajo esta nueva regulación, se estableció que los empleados incluidos en los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social tendrían derecho a bonificaciones en sus cotizaciones si se dedicaban exclusivamente a actividades de I+D+i durante la totalidad o la mayoría de su tiempo laboral.
2. Cambios y Adaptaciones
A partir del 1 de septiembre de 2023, los artículos 1 y 2 del Real Decreto 475/2014 experimentaron modificaciones significativas, como resultado de la disp. final 10.ª del Real Decreto-ley 1/2023. Estas modificaciones tienen como objetivo principal establecer bonificaciones en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes en la contratación del personal investigador.
Ahora, la contratación indefinida de personal para la realización exclusiva de actividades de I+D+i dará lugar, durante un máximo de 3 años, a una bonificación del 40% sobre la cuota empresarial a la seguridad social por contingencias comunes. Además, se han introducido bonificaciones adicionales del 5% para la contratación de personas investigadoras jóvenes y mujeres investigadoras, acumulables entre sí.
3. Implicaciones y Desafíos
Estos cambios legislativos han generado diversas interpretaciones y desafíos en las empresas y entidades de certificación. La claridad en la interpretación de la normativa y el cumplimiento de los requisitos son fundamentales para garantizar el acceso adecuado a estas bonificaciones.
KPMG Abogados S.L.P., como firma experta en asesoría legal y fiscal, se encuentra en una posición única para ayudar a sus clientes a comprender y navegar por esta nueva normativa. Desde la identificación de perfiles bonificables hasta el asesoramiento sobre el proceso de alta del personal investigador, KPMG está comprometida a brindar soluciones efectivas y a resolver las dudas que puedan surgir en torno a estos cambios legislativos.
En conclusión, los cambios en las bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social del personal investigador representan un paso importante hacia el reconocimiento y la valoración adecuada del trabajo de aquellos dedicados a impulsar la innovación y el desarrollo tecnológico. Sin embargo, la implementación efectiva y la comprensión clara de la normativa son esenciales para maximizar los beneficios de estas medidas y promover un entorno favorable para la investigación y la innovación en España.
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