Bonificaciones del Personal Investigador

Permite ahorrar un 60% en la tributación

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Las bonificaciones a la Seguridad Social del personal investigador están reguladas por el RD 475/2014 y consisten en una bonificación del 40% de las Contingencias Comunes que asume la empresa. El incentivo se liquida mes a mes y se aplica en trabajadores que se dediquen en exclusiva a la I+D+i (con una dedicación superior al 85% de su tiempo).

Los trabajadores deben estar incluidos en los grupos de cotización del 1 al 4 y su contrato podrá ser de carácter indefinido, en prácticas o por obra o servicio determinado (en este caso deberán tener una duración mínima de tres meses).

Las entidades que apliquen la bonificación en las cuotas de diez o más investigadores en un ejercicio, deberán aportar un Informe Motivado Vinculante emitido por la Dirección General de Innovación y Competitividad, del Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO).

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