Como ya os indicábamos en el calendario fiscal 2019, la campaña de la Renta 2018 comienza el próximo 2 de abril.
Os contamos las novedades sobre esta campaña:
- No están obligados a declarar:
- Contribuyentes con rendimientos del trabajo inferiores a 22.000€ anuales de un solo pagador.
- Contribuyentes con rendimientos del trabajo inferiores a 12.643€ anuales de dos pagadores (que ascenderá a 14.000€ anuales para la próxima campaña).
- Reducción en la cuota para contribuyentes con rentas inferiores a 16.825€.
- Exentos del pago de IRPF los ingresos correspondientes a las prestaciones de maternidad y paternidad cobrados en 2018.
- Deducciones:
- Aumento de 1.000€ anuales en la deducción por maternidad cuando el contribuyente sufrague gastos de custodia en guardería o centros de educación infantil autorizados por hijo menor de 3 años.
- 30% de la de las cantidades satisfechas en el período por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación (base máxima 60.000€).
- Hasta un 60% para las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla.
- Aumenta la deducción por familia numerosa en 50€ menusales (250€ en 2018 por su fecha de entrada en vigor).
- Por cónyuge con discapacidad a cargo de 100€ mensuales (500€ en 2018 por su fecha de entrada en vigor).
- Deducción para los contribuyentes que tengan al resto de la unidad familiar en otro Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
- Desaparece la posibilidad de solicitar la «predeclaración» de la renta en papel.
Fuente: Agencia Tributaria