Esta convocatoria es una oportunidad única para liderar proyectos estratégicos de I+D que aborden los grandes desafíos de nuestra sociedad.

Con una dotación de 60 millones de euros (¡y posibilidad de ampliarse hasta 80 millones!), esta convocatoria busca financiar iniciativas que promuevan soluciones innovadoras en áreas clave como la salud, la inteligencia artificial, la sostenibilidad y la seguridad.

Objetivo de la convocatoria

Impulsar la transferencia de conocimiento y fomentar la colaboración entre instituciones y agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI, en adelante), con una atención especial a la colaboración público-privada.

En particular, el subprograma contempla entre sus actuaciones la financiación de proyectos de I+D+I en colaboración, que propongan soluciones a desafíos transversales y estratégicos para la sociedad.

Propuesta de misiones para esta convocatoria

Para la convocatoria de 2025, tras un proceso de co-diseño con los principales stakeholders del SECTI, se han seleccionado las siguientes misiones:

¿Quiénes pueden beneficiarse de esta convocatoria?

La convocatoria está dirigida principalmente a:

Plazo para realizar la solicitud:

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 29 de mayo de 2025 y finalizará el 1 de julio de 2025, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular. 

Características de la ayuda:

Tipo de actividad y primasPequeña empresa:Mediana empresa:Gran empresa:
Investigación industrial 70%60%50%
Colaboración efectiva entre empresas: Se produce cuando ninguna empresa asume más del 70% costes subvencionables y, al menos, una sea PYME, o si el proyecto se desarrolla entre empresas dos Estados miembros UE o un Estado miembro UE y otro EEE.80%75%65%
Desarrollo experimental45%35%25%
Colaboración efectiva entre empresas: Se produce cuando ninguna empresa asuma más del 70% costes subvencionables y, al menos, una sea PYME, o si el proyecto se desarrolla entre empresas dos Estados miembros UE o un Estado miembro UE y otro EEE.60%50%40%

Requisitos de los proyectos:

Costes subvencionables:

Se admiten los siguientes costes directos de ejecución:

Los costes indirectos se calcularán, sin necesidad de aportar justificantes de gasto, mediante la aplicación de un porcentaje del 20% sobre los gastos directos del proyecto.

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