“NEOTEC financia proyectos innovadores basados en investigación, ayudando a startups a lanzar tecnologías al mercado.”
Se espera que la apertura de la convocatoria NEOTEC 2025 tenga lugar durante el mes de mayo.

Objetivo del programa NEOTEC
NEOTEC tiene como objetivo financiar nuevas empresas, en sus etapas iniciales, cuyo modelo de negocio sea el desarrollo y la comercialización de productos o servicios basados en tecnología propia generada a partir de una actividad investigadora.
Las ayudas se destinan a proyectos empresariales de cualquier ámbito tecnológico o sectorial. Cabe destacar que no se financian proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.
Presupuesto máximo de la convocatoria
El presupuesto para 2025 es de 20.000.000€.
Reserva presupuestaria mínima de 5.000.000 euros destinada a proyectos liderados por mujeres.

Características de la ayuda Neotec
Subvenciones hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.
Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en el Anexo I de la convocatoria, se podrán financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.
Posibilidad de acceder a un curso en el “Enterprise Innovation Institute” de la Universidad de Georgia (Atlanta, EEUU) para reforzar la capacitación de la empresa.
La cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que soliciten esta formación, y cumplan los requisitos, indicados en el Anexo II de la convocatoria.
Tras dictarse la resolución de concesión definitiva, el beneficiario podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida para el proyecto, con un máximo de 150.000 euros.

Requisitos requeridos
Dirigido a empresas constituidas en un máximo de 3 años antes de la fecha de cierre y con un capital social mínimo de 20.000 euros.
Nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
La tecnología y la innovación serán factores competitivos que contribuyan a la diferenciación de la empresa y que sirvan de base a la estrategia y al plan de negocio a largo plazo, con el mantenimiento de líneas de I+D propias.
No existe ninguna restricción en cuanto al sector o a la tecnología a desarrollar. Sin embargo no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.
Gastos específicos y gastos elegibles de Neotec
Financiar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
Primar con una mayor intensidad de ayuda a aquellas propuestas que incluyan la contratación de personas con grado de doctor, con el fin de reforzar la capacidad de generación y absorción de conocimiento en las empresas.
Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.
Gastos financiables
Se podrán financiar los siguientes gastos:
- Inversiones en equipos,
- Gastos de personal,
- Materiales,
- Colaboraciones externas / asesoría,
- Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y otros gastos.
- También serán subvencionables los gastos derivados del informe de auditor, con un límite máximo de 2.000 euros por beneficiario y anualidad.
La subcontratación podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 50% del presupuesto financiable.
Los gastos subvencionables en los que incurra el beneficiario en sus operaciones comerciales deberán ser abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
No se financiarán
- Gastos financieros.
- Impuesto del Valor Añadido.
- Obra civil, terrenos y edificios.
- Vehículos de transporte.
- Gastos de comidas y manutención, gastos de locomoción y viajes.
En Finanzas & I+D+i ofrecemos apoyo en:
- Análisis inicial de elegibilidad, ¿eres una empresa innovadora con base tecnológica de acuerdo a las líneas prioritarias de NEOTEC?
- Definición del proyecto, estructuramos objetivos, hitos técnicos y de negocio que definen el esquema de proyecto NEOTEC.
- Redacción y entrega de Memoria Técnica y Económica, detallando innovación, plan de negocio y viabilidad.
- Ejecutamos la Auditoría de Gastos, verificamos que los gastos declarados en el informe económico son elegibles, reales, efectivos y relacionados con el proyecto.
- Redacción y entrega del Plan Financiero que contiene presupuesto detallado, fuentes de financiación, viabilidad económica.
- Elaboración del Informe Técnico, contiene un resumen ejecutivo y descripción completa del proyecto además de una serie de anexos.
- Durante todo el proceso: asesoramiento completo y mediación, actualización con respecto a las notificaciones, seguimiento conjunto en todo el proceso de las ayudas.
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