Finanzas I+D+i

El programa NEOTEC tiene como objetivo financiar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieren el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora.

Se espera que la apertura de la convocatoria NEOTEC 2024 tenga lugar durante el mes de abril.

Objetivo del programa NEOTEC

NEOTEC tiene como objetivo financiar nuevas empresas, en sus etapas iniciales, cuyo modelo de negocio sea el desarrollo y la comercialización de productos o servicios basados en tecnología propia generada a partir de una actividad investigadora.

Las ayudas se destinan a proyectos empresariales de cualquier ámbito tecnológico o sectorial. Cabe destacar que no se financian proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

Presupuesto máximo de la convocatoria

El presupuesto para 2024 es de 20.000.000€.

Reserva presupuestaria mínima de 5.000.000 euros destinada a proyectos liderados por mujeres.

Características de la ayuda Neotec

Subvenciones hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.

Las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor, en los términos previstos en el Anexo I de la convocatoria, se podrán financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por beneficiario.

Posibilidad de acceder a un curso en el “Enterprise Innovation Institute” de la Universidad de Georgia (Atlanta, EEUU) para reforzar la capacitación de la empresa.

La cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que soliciten esta formación, y cumplan los requisitos, indicados en el Anexo II de la convocatoria.

Tras dictarse la resolución de concesión definitiva, el beneficiario podrá solicitar el pago anticipado de hasta el 60% de la subvención concedida para el proyecto, con un máximo de 150.000 euros.

Neotec. Ayuda I+D+i
Ayudas tecnológicas y por innovacion

Requisitos requeridos

Nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

La tecnología y la innovación serán factores competitivos que contribuyan a la diferenciación de la empresa y que sirvan de base a la estrategia y al plan de negocio a largo plazo, con el mantenimiento de líneas de I+D propias.

No existe ninguna restricción en cuanto al sector o a la tecnología a desarrollar. Sin embargo no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

Gastos específicos y gastos elegibles de Neotec

Financiar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

Primar con una mayor intensidad de ayuda a aquellas propuestas que incluyan la contratación de personas con grado de doctor, con el fin de reforzar la capacidad de generación y absorción de conocimiento en las empresas.

Reforzar el apoyo a proyectos empresariales liderados por mujeres, para fomentar la igualdad en el emprendimiento en empresas de base tecnológica.

Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. Sin embargo, no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

Se financiarán los costes derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo.

Gastos financiables

Se podrán financiar los siguientes gastos:

La subcontratación podrá alcanzar hasta el porcentaje máximo del 50% del presupuesto financiable.

Los gastos subvencionables en los que incurra el beneficiario en sus operaciones comerciales deberán ser abonados en los plazos de pago previstos en la normativa sectorial que le sea de aplicación o, en su defecto, en los establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

No se financiarán

En Finanzas & I+D+i ofrecemos apoyo en:

¡CONTACTA AHORA CON NOSOTROS!

También, ofrecemos a nuestros clientes soluciones modernas, eficientes y seguras en el manejo de las finanzas en su startups, pymes o proyectos de emprendimiento.

    Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *