
09 Dic Ayudas al autoconsumo energético en Andalucia
Estos últimos años, se están promoviendo numerosas iniciativas,en forma de ayudas y convocatorias, en pro de la lucha contra el cambio climático y por un mundo más sostenible. Destacamos el eje que busca erradicar el uso de combustibles fósiles, a través del fomento de energías renovables, consiguiendo un modelo viable con el planeta.
Unas de estas ayudas, promovida por la junta de Andalucía, viene determinado por un programa de incentivos. Buscando incentivar el autoconsumo y almacenamiento a través de energías renovables como la eólica o fotovoltaicas. Programas que forman parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Las medidas pertenecientes a las directrices energéticas de Andalucía, dentro de la agenda 2030. Buscan conseguir en un periodo de 10 años, el fomento de energías renovables, eficiencia energética y el desarrollo de infraestructuras. Además de ello, se pretende que aporte crecimiento económico y empleo en la comunidad.

Objetivo de las ayudas
El objeto de la convocatoria, es el impulso a las instalaciones de autoconsumo mediante energías renovables, concretamente la solar y eólica, desarrollo de almacenamiento y el uso de energías renovables térmicas para la climatización.
Estas actuaciones van dirigidas al sector residencial, diferentes administraciones públicas , entidades sin ánimo de lucro y diferentes sectores productivos.
Disponiendo de 97 millones de euros, financiados por los fondos NextGenerationeEU y publicado por la agencia andaluza de la energía.
Actuaciones subvencionables por la convocatoria
Las ayudas , se clasifican dentro de 6 incentivos, destinados a diferentes públicos y con características propias a cada programa.
- Programa 1:
- Instalación de autoconsumo, eólica o fotovoltaica.
- Sector servicios.
- Con o sin almacenamiento.
- Programa 2:
- Instalación de autoconsumo, eólicas o fotovoltaicas.
- Otros sectores productivos.
- Con o sin almacenamiento.
- Programa 3:
- Incorporación de almacenamiento, en instalaciones de autoconsumo ya existentes.
- Sector servicios y otros sectores.
- No debe de superar el ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 2 kWh/kW.
- Programa 4:
- Instalaciones de autoconsumo, eólicas o fotovoltaicas
- Sector residencial, administraciones públicas y el tercer sector (entidades privadas sin ánimo de lucro).
- Con o sin almacenamiento.
- Consumir al menos el 80% de la energía que genere anualmente.
- Programa 5:
- Incorporación de almacenamiento, en instalaciones de autoconsumo ya existentes.
- Sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector.
- No supere un ratio de capacidad instalada de almacenamiento frente a potencia de generación de 2 kWh/kW.
- Programa 6:
- Instalaciones de energías renovables térmicas destinadas a la climatización y agua caliente sanitaria.
- Tecnologías solar térmica, geotérmica, hidrotérmica, aerotérmica y biomasa.
- Sector residencial.
Las instalaciones de biomasa deben cumplir con la normativa de ecodiseño y utilizar biocombustibles certificados como pellets, astilla, leña, hueso de aceituna o cáscara de frutos secos.
Beneficiarios de las ayudas por programa
Distinguiremos tres grupos, en relación a las características de los beneficiarios y los programas que pueden optar:
Programas de incentivos 1, 2 y 3
- Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo, entre otros:
- Gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada.
- Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía.
- Empresas de servicios energéticos, o proveedores de servicios energéticos
- Comunidades de energías de fuentes renovables
- Beneficiarios del programa de incentivos 1, desempeñar una actividad dentro de los siguientes grupos del CNAE: G, H, I, J, K, L M, N, O, P, Q, R o S
- Beneficiarios del programa de incentivos 2, deberán desempeñar su actividad correspondiente al grupo A01, excepto el 017, o dentro de un CNAE correspondiente a los grupos B, C, D, E o F.
- Administraciones Públicas , así como las entidades u organizaciones privadas sin ánimo de lucro, siempre que, en ambos casos, realicen alguna actividad económica por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado.
- Beneficiarias del programa de incentivos 3, correspondiente a los grupos establecidos anteriormente.
Programas de incentivos 4 y 5
- Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica
- Administraciones Públicas que no realice ninguna actividad económica
- En caso contrario, estarán incluidas en los programas 2 o 3.
- Entidades u organizaciones del tercer sector, que no realicen ninguna actividad económica.
- En caso de realizar alguna actividad económica, incluidas en los programas 2 o 3.
- Comunidades de propietarios sobre propiedad horizontal.
- Comunidades de energías renovables.
- En caso de tener carácter económico, se incluirán en los programas 1, 2 o 3 en función del área de su actividad.
Programa de incentivos 6
- Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica.
- Organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica.
- Ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, puesta a disposición de colectivos vulnerables de viviendas sociales, dicha actividad no se pueda considerar actividad económica.
- Personas físicas que realicen alguna actividad económica, deberán estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Administraciones Públicas , cuando se pueda excluir la existencia de ayuda de estado.
- Comunidades de propietarios, sobre propiedad horizontal.
En todos los programas de incentivos, cualquier organismos públicos y entidades de derecho público vinculados, podrán acceder a la condición de persona o entidades beneficiarias de los incentivos.
Representantes de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, propietarios de instalaciones del sector servicios u otros sectores productivos, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo la ejecución. Debiendo de formalizarse un convenio, designando a los sujetos representantes y cesionarios del cobro.
Cuantía y plazos de solicitud de ayudas
Para optar a las ayudas, el plazo de presentación de solicitudes se mantendrá abierto hasta el 31 de diciembre de 2023. Realizando dicho trámite por medios telemáticos a través de la Junta de Andalucía.
De cara a consultar, las cuantías asignadas para cada programa de incentivos, podrá obtenerla a través de la agencia andaluza de la energía
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