Ayudas fomento del empleo estable

La crisis sanitaria y económica, promovida por la Covid19, han supuesto un fuerte impacto en el tejido productivo y la actividad económica a nivel global. Para contrarrestarlo, las administraciones, están tomando numerosas medidas en forma de ayudas para todos los sectores económicos.

Una de estas ayudas, es la nueva línea para el fomento del empleo estable promovida por la Junta de Andalucía, destinada a impulsar el empleo estable, especialmente de quienes presentan mayores dificultades de inserción, como mayores de 45 años, personas jóvenes, mujeres o personas con discapacidad. 

¿Quien puede optar a ser beneficiaria de la ayudas?

Serán aptas para ser beneficiarias de esta ayuda todas las personas trabajadoras autónomas, empresas privadas, entidades sin ánimo de lucro y entidades privadas sin personalidad jurídica de todos los sectores productivos. Siendo determinante, que la actividad económica, se realice en Andalucía. 

Todo solicitante deberá de cumplir con los criterios definidos en la convocatoria de la ayuda. Podemos destacar la necesidad de que la personas desempleadas deberán estar inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes y que toda transformación de contrato no será objeto de esta subvención.

Presentación de solicitudes a la convocatoria

Las solicitudes se dirigirán a las Delegaciones Territoriales de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de cada provincia y se presentarán exclusivamente de forma telemática.

Dotadas con un presupuesto total de 170.000.000 de euros distribuidas provincialmente, se pueden solicitar de manera telemática hasta el 18 de noviembre. No pierdas esta oportunidad de contribuir a la reactivación. 

Requisitos de las ayudas

  • La contratación indefinida o fijo discontinua subvencionada deberá suponer un incremento neto de la plantilla fija
  • El inicio de la actividad de la contratación deberá tener lugar desde el 1 de abril de 2022 hasta el final del plazo de presentación de solicitudes. 
  • El contrato deberá ser indefinido o fijo discontinuo a jornada completa o jornada parcial siempre que ésta no sea menor al 50% de la jornada completa. 
  • La cuenta de cotización de la Seguridad Social deberá estar en Andalucía. 
  • El contrato debe realizarse con personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo. 
  • El contrato laboral debe mantenerse por un periodo mínimo de doce meses ininterrumpidos.
  • La contratación de fijos discontinuos se mantendrá en las mismas condiciones y, a efectos de su mantenimiento el año siguiente, deberá ser por un tiempo igual o superior. 

Cuantía de la convocatoria

Las cuantías por cada contratación indefinida se establecerá según el colectivo, previamente establecido:

  • Demandantes, general: 3.500€
  • Demandantes, 45 o más años: 4.500€
  • Demandantes, grupos de cotización I a IV: 5.000€
  • Demandantes, hasta 30 años: 5.000€
  • Demandantes, jóvenes de los grupos de cotización I a IV: 5.500€

Estas cantidades se incrementarán en todos los casos en un 10% adicional acumulable si la persona contratada es mujer o si cuenta con una discapacidad reconocida.

Si la contratación indefinida se realiza a jornada parcial o como fijo discontinuo a jornada completa, el importe será del 50% de los supuestos anteriores. Si la contratación como fijo discontinuo es a jornada parcial, la subvención será del 25% de los casos descritos.

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