SELLO «PYME INNOVADORA» LA MEJOR SOLUCIÓN

El sello Pyme innovadora es un reconocimiento que se ofrece a empresas de carácter innovador para que así puedan aprovechar y combinar incentivos fiscales y bonificaciones por personal innovador que, sin el mismo, no son compatibles.

Procedimiento de inscripción en el registro

El registro público de pymes innovadoras es totalmente telemático. La inscripción se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio sin coste para las empresas.

Registro público del sello “Pyme innovadora»

El registro de pymes Innovadoras es público y se permite consulta individual (mediante el CIF de la entidad) o descarga de todas las entidades inscritas.

A continuación, pinchando en “Enlaces”, podrá acceder al alta, consulta y descarga del sello pyme innovadora.

  • En cuanto a las ventajas

El sello de Pyme Innovadora podría suponer una bonificación del 40% en la Seguridad Social.

La pyme puede participar en la Compra Pública Innovadora (CPI) que es un acto administrativo de contratación. A través de él, un ente público adquiere bienes y servicios novedosos, que no existían en el mercado. Así, la Administración es la que fomenta la innovación empresarial y el desarrollo de mercados mejorando a su vez los servicios públicos.

El sello también permite a las empresas entrar en las líneas de financiación ICO Innovación Fondo Tecnológico.

  • Requisitos

1.Haber recibido financiación pública en los últimos tres años a través de:

-Convocatorias públicas en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica o del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica de Innovación.

-Ayudas del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial para proyectos I+D+i.

-Convocatorias del Programa Marco de I+D+i o del Programa Horizonte 2020 que financia la Unión Europea.

2.Demostrar el carácter innovador de la empresa mediante una patente propia en explotación o un informe motivado vinculante positivo.

3.Contar con alguna de las siguientes certificaciones oficiales del Ministerio de Economía y Competitividad:

-Joven Empresa Innovadora (JEI) según la Especificación Aenor EA0043.

-Pequeña o microempresa innovadora, según la Especificación Aenor EA0047.

-Certificación conforme a la norma UNE 166.002 ‘Sistemas de gestión de la I+D+i’.

  • Obtención

Cuando se cumplan al menos uno de los requisitos ya mencionados, se podrá optar al Registro público de Pymes Innovadoras y obtener el sello distintivo. Dicho registro es gratuito y se realiza de forma telemática.

  1. Se debe dar de alta la empresa en el Registro Unificado de Solicitantes. Documentación importante: escritura de constitución, estatutos, Tarjeta de identificación fiscal (CIF), poderes notariales de representante legal.
  2. Tras el registro, se procede a la solicitud del sello (https://sede.micinn.gob.es/pyi/).
  3. La resolución de la Dirección General de Innovación y Competitividad será emitida en un plazo máximo de cuatro meses, contando a partir del día de iniciación del procedimiento. Una vez se produzca la resolución en firme, se podrá realizar la descarga del sello.

El Sello caduca a los 3 años y puedes renovarlo siempre que siguas cumpliendo los requisitos.

Para más información: Se establece en el Real Decreto 475/2014 donde se regulan las Bonificaciones a la Seguridad Social por Personal Investigador. También se da la Orden ECC/1087/2015 para regular su obtención. 

¿Cómo podemos ayudarle en Finanzas I+D+i?

  • Gestión para la obtención del sello de PYME innovadora
  • Solicitud de los incentivos fiscales y bonificaciones por personal investigador
  • Gestión de las certificaciones oficiales

Te acompañamos durante todo el proceso para ayudar a tu PYME. Contáctanos.



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