Estados de Información No Financiera

Se aprueba la Ley 11/2018, 28 de diciembre por la que se establece la divulgación de información no financiera obligatoria a determinados sujetos.  A través de la Ley 11/2018 se establece aspectos sobre la sociedad relativos a compromisos de la empresa con el desarrollo sostenible, subcontratación y proveedores que atiendan a su responsabilidad social y ambiental, medidas de salud y seguridad de los consumidores y su información fiscal. También se alude a unas cuestiones ambientales (gestión ambiental con su relativa información detallada de efectos anuales y previsibles, datos de contaminación, uso sostenible de los recursos y gestión de residuos, uso de energías renovables y medidas para la mejora de la eficiencia energética, protección de la biodiversidad).

Sujetos obligados a incluir una declaración no financiera:

  • Entidades de Interés Público de conformidad de auditoría de cuentas.
  • Empresas que cumplen dos de las siguientes condiciones: activo consolidado de más de 20 millones de euros, cifra neta anual de negocio consolidada de más de 40 millones de euros y trabajadores más de 250.
  • Empresas obligadas a partir del ejercicio 2018 con más de 500 trabajadores.
  • Empresas obligadas a partir del ejercicio 2020 con más de 250 trabajadores.

Se estará exenta de la obligación anterior si la empresa y sus dependientes están incluidas en el informa de gestión consolidado de otra empresa.

Las pequeñas y medianas empresas quedan eximidas de la obligación de incluir una declaración no financiera, así como de reunir los requisitos adicionales vinculados a dicha obligación.

Sobre la información que se solicita:

  • Parte General
  • Cuestiones Ambientales
  • Cuestiones Sociales y relativas al Personal
  • Respeto de los Derechos Humanos
  • Lucha contra la Corrupción y el Soborno
  • Sociedad

Se pide que la organización, antes de ponerse a escribir el Informe de Sostenibilidad (Estado de Información No Financiera), realice un ejercicio de identificación de aquellos aspectos más significativos, los materiales.

  1. Se deberá determinar con exactitud aquellos temas de especial significancia calificando a través del “método de análisis de materialidad”.
  2. Tras priorizar los grupos de interés, debemos determinar los asuntos que más influyen en su percepción y decisiones, así sabremos los puntos que debemos reportar.
  3. Impacto de la actividad en la sociedad. La actividad que una organización desarrolla genera impactos en los ámbitos referidos y acerca de ellos es sobre lo que debe versar el Informe de Sostenibilidad. Hay que reportar sobre la contribución, bien sea positiva o negativa, que la empresa genera por sus actividades y decisiones. No hay que olvidar que este ejercicio global de elaboración de los Informes de Sostenibilidad, al igual que lo que ya tradicionalmente se venía haciendo con la Memoria Financiera, no dejan de ser un ejercicio de transparencia que las organizaciones están obligadas a realizar para dar una visión global, y no solo financiera, de su desempeño.
  4. Como indicadores, se usarán los GRI que se han diseñado para fomentar la comparabilidad global y la calidad de la información sobre estos impactos y posibilitar una mayor transparencia y rendición de cuentas por parte de las organizaciones.

 

¿Cómo podemos ayudarle?

En Finanzas & I+D+i te ayudamos a confeccionar los Estados de Información No Financiera a través de una solución digital integral, te facilitamos la recopilación de información en la que pueden participar los distintos departamentos de la empresa y te ayudamos a certificar el Estado de Información No Financiera.

 



Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies