Subvenciones al desarrollo rural 2014-2020 Andalucía

Plazo ampliado hasta el 14 de enero 2019 para el programa de jóvenes agricultores y 28 de enero 2019 para renove de invernaderos

 

Ahora puedes solicitar tus subvenciones dentro del marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 convocadas por la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía para el inicio de la actividad agraria en el caso de jóvenes agricultores y para la renovación de invernaderos de tipo parral o plano, hasta el 14 y el 28 de enero de 2019 respectivamente.

 

El plan renove para la sustitución de invernaderos se realizará por otros de mayor eficiencia energética y en el uso del agua que permitan además una mayor diversificación agrícola y orientación al mercado, con requisitos específicos en su adquisición y construcción detallados en la convocatoria, y se enmarcará en las subvenciones de la operación 4.1.1 “Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias para cultivos intensivos, mediante la sustitución de invernaderos de tipo parral o plano”, dentro de la submedida 4.1 para inversiones en explotaciones agrícolas.

 

La cuantía máxima de la subvención, en régimen competitivo, será del 50% de la inversión con un límite de inversión máxima subvencionable de 200.000€ por explotación y una subvención mínima de 6.000€. Los conceptos subvencionables tienen establecido una base de costes máximos en función de la operación, pudiendo solicitar aquellos relacionados con:

  • La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
  • La compra de maquinaria y equipos nuevos, incluidos los programas informáticos.
  • Costes generales relacionados con los anteriores: arquitectos, ingenieros, consultores o estudios de viabilidad.
  • Intangibles: programas informáticos, patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.
  • Instauración de planes de gestión.
  • Inversiones en energías renovables.
  • Gastos de adaptación a los requisitos en la Unión Europea para la explotación en los 12 meses siguientes a la obligatoriedad de los mismos.

 

 

Los beneficiarios serán agricultores con personalidad física o jurídica y comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica, titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad de Autónoma de Andalucía, así como personas jóvenes que sin ser titulares presenten de forma previa o simultánea un Plan Empresarial para su aprobación en el subprograma 6.1 de subvenciones del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, correspondiente a las otras ayudas citadas en esta entrada.

 

La subvención podrá consistir en una ayuda directa o una ayuda directa más una bonificación de intereses en el caso de la formalización de un préstamo para financiación empresarial dentro del Convenio entre la Consejería y las entidades financieras para la instrumentalización de los préstamos subvencionados.

Texto de la convocatoria

 

Estas ayudas son por tanto compatibles con las solicitadas por jóvenes agricultores para la creación de empresas agrícolas, del subprograma 6.1, facilitando la entrada al sector agrario de agricultores con formación y el relevo generacional, al mismo tiempo que se contribuye al desarrollo rural de la región.

 

La subvención máxima de este subprograma será de 70.000€ y será requisito para ser beneficiario:

  • Tener entre 18 y 40 años de edad, ambas incluidas.
  • Haber iniciado el proceso de instalación de la explotación agraria ubicada en la Comunidad Autónoma de Andalucía con anterioridad a la solicitud de las ayudas a través de una de las siguientes opciones: formalizando precontratos o contratos, habiendo recibido asesoramiento (previsto en el artículo 15.4 del Reglamento (UE.) num. 1305/2013, de 17 de diciembre), habiendo iniciado o recibido la formación necesaria, presentando una solicitud de pagos directos a los agricultores, o mediante su inscripción o asociación en un registro o sociedad que así lo acredite.
  • Poseer la capacitación y competencias profesionales adecuadas.
  • Presentar un plan empresarial viable técnica y económicamente.

 

El plan empresarial tendrá una alta valoración en la solicitud cuando se haya elaborado satisfactoriamente dentro del Proyecto Agri-Hebe 2020 para la creación empresas agrarias con un valor añadido o mejora por parte de jóvenes agricultores.

 

 

Texto de la convocatoria

 

En ambas subvenciones se considerará de forma positiva en la valoración de la solicitud la inclusión de acciones innovadoras en las planes de mejora o de empresa, considerándose como tales aquellas promovidas por la Asociación Europea de la Innovación, aquellas fruto de innovaciones desarrolladas en los últimos 5 años por los centros públicos de investigación o proyectos con financiación pública o cuyo resultado tenga reconocimiento oficial (patentes, modelos de utilidad u obtención vegetal), así como aquellas que se deriven de una compra pública de innovación.

 

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